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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


FPI 2013: Dudas sobre la SOLICITUD DE CONTRATO

posts: 829

OJO: Hemos puesto FPI por el nombre "coloquial", pero oficialmente tienen otro nombre ahora, que no os despiste.


La web del Ministerio para estas ayudas:
http://www.idi.mineco.gob.es/portal/site/MICINN/menuitem.d20caeda35a0c5dc7c68b11001432ea0/?vgnextoid=11f35656ecfee310VgnVCM1000001d04140aRCRD

Listado provisional de proyectos susceptibles de ayuda predoctoral
Listado de proyectos susceptibles (julio 2013)


Convocatoria (9 agosto 2013). Plazo de solicitud del 26 de agosto de 2013 al 10 de septiembre de 2013 a las 15:00 horas (horario peninsular).


Resolución subsanación de documentos (20 septiembre 2013)
Resolución subsanación solicitudes (14 octubre 2013)


Propuesta de resolución provisional (31 octubre 2013)


Resolución concesión 1 (4 diciembre 2013)
Resolución concesión 2 (9 mayo 2014)
Resolución concesión 3 (9 mayo 2014)
Resolución concesión 4 (26 noviembre 2014)

posts: 69

Hola wetopia

No estás confundido, al igual que antes, ya que la FPI se concede a un IP, él es el que valora y elige al candidato, mi sugerencia es que te pongas en contacto con los investigadores cuyo proyecto te interese para que su decisión no dependa sólo de tu nota media

Un saludo

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Yo no creo que la evaluación del expediente se haga de forma aritmética con la media. Primero porque van a contar también las notas del máster, quien lo tenga acabado. Y luego porque no se especifica nada en la convocatoria, e imagino que al IP no le importa tanto la nota total de una carrera entera, como sobretodo las asignaturas que puedan tener más que ver con lo que hace. También porque las medias no están ponderadas y en general parece que no es lo mismo una nota en una universidad que en otra. Yo además no tengo en mi expediente mi media de 0 a 4, sino de 0 a 10 lo cual es bastante más justo. Es un sin sentido las calificaciones de 1/2/3/4.
posts: 46
dendrito wrote:
Yo no creo que la evaluación del expediente se haga de forma aritmética con la media. Primero porque van a contar también las notas del máster, quien lo tenga acabado. Y luego porque no se especifica nada en la convocatoria, e imagino que al IP no le importa tanto la nota total de una carrera entera, como sobretodo las asignaturas que puedan tener más que ver con lo que hace. También porque las medias no están ponderadas y en general parece que no es lo mismo una nota en una universidad que en otra. Yo además no tengo en mi expediente mi media de 0 a 4, sino de 0 a 10 lo cual es bastante más justo. Es un sin sentido las calificaciones de 1/2/3/4.


Hola Dendrito

Me parece fenomenal lo que dices y a mi también me favorece porque ya tengo hecho el máster (y tiene el mismo nombre que el proyecto al que me puedo asociar) y más nota en las asignaturas relacionadas con el tema.
Sin embargo, no me parece una locura pensar que si el baremo de expediente en la convocatoria es entre 0 y 40 y las notas del expediente académico figuran entre 1 y 4 (al menos en planes viejos antes de Bolonia), pueda ser una adaptación de esta nota multiplicándola por diez.

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Hola a todos,

En la convocatoria (artículo 22, punto 4) y en el manual del solicitante (página 19) dice que la documentación a aportar y que hay que colgar en la solicitud electrónica es:

1. Pasaporte (para extranjeros)
2. CV
3. Certificación académica
4. Acreditación de Excepción (en caso de que se tenga)
5. Documentos de ayudas análogas (en caso de que se tenga)

Entonces mi cuestión es: ¿No hay que enviar los documentos justificativos de los méritos que aparecen recogidos en el CV, aparte, claro está, de los que se han de acreditar en el punto 3 (titulación y máster)? Es decir, si yo tengo cursos, comunicaciones a congresos, abstracts, artículos, títulos de idiomas o cualquier otro mérito aparte de licenciatura y máster, ¿no los tengo que justificar documentalemente colgándolos en la solicitud electrónica?

Realmente es que en el artículo 22 de la convocatoria, punto 6, dice que "A efectos del proceso de evaluación, sólo se tendrá en cuenta la información contenida en el CV y en la certificación académica presentada en la solicitud".

Joer, así me lo podría inventar!

Sin embargo, en el punto 9 dice: "La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios electrónicos, la información sobre circunstancias de los solicitantes o de las solicitudes que, de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento".

Con todo esto, por favor decidme si interpretáis lo mismo que yo, que no quiero fallar: Hemos de entregar el CV que recoja todos los méritos que tenemos pero sin necesidad de justificarlo documentalmente a priori, a menos que posteriormente la Comisión Evaluadora (o quién le corresponda) nos solicite, a nosotros o a terceros, la justificación de esos méritos (uno, varios o todos).

Aysss, es que estoy tan nerviosa que dudo de cosas que son aparentemente sencillas. Y el caso es que, tal y como está el panorama, uno no se puede permitir fallar por una mala interpretación.

Muchas gracias a todos y mucha suerte.

posts: 10

Hola Crissoriano, creo que lo más importante es que hables con el investigador principal del proyecto que selecciones, pues de ese forma, si acuerdas con el mismo que tú vas a ser el elegido, te puntuarán con 60 sobre 60 la parte de "candidato adecuado" y conseguirás la beca, sin importar los cursos, congresos o papers que tengas e incluso la nota del expediente.

Un saludo.

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wetopia wrote:

Hola Crissoriano, creo que lo más importante es que hables con el investigador principal del proyecto que selecciones, pues de ese forma, si acuerdas con el mismo que tú vas a ser el elegido, te puntuarán con 60 sobre 60 la parte de "candidato adecuado" y conseguirás la beca, sin importar los cursos, congresos o papers que tengas e incluso la nota del expediente.

Un saludo.


Hola wetopia, gracias por tu contestación.

Sé que eso es lo más importante, y no me preocupa, pues conozco desde hace tiempo al IP y él conoce mis méritos y cómo trabajo.

El tema está en la solicitud en sí, en la documentación que acredite mis méritos. El IP redacta un informe sobre cuál es el candidato elegido y elabora una lista ordenada de reservas y lo envía al Ministerio. Eso no me preocupa. Mi duda está en si he de hacer llegar la justificación de esos méritos directamente en la solicitud o si la comisión evaluadora, una vez con el informe del IP en su poder, me puede pedir la justificación de los mismos. Que no pasa nada porque tengo justificación de todos, pero no me gustaría que me ocurriera que, por pensar que sólo con ponerlos en el CV es suficiente no los enviara, y luego no me los contaran. Es decir, mi duda no es sobre el IP, es sobre la Comisión Evaluadora del Ministerio.

Con todo esto mi pregunta sigue siendo la misma, ¿debo colgar directamente todos los documentos justificativos de los méritos en la solicitud de la Sede Electrónica y/o hacérselos llegar por correo con la justificación de la solicitud que se ha de llevar a un registro oficial para que lo envíen por correo al Ministerio, o simplemente citarlos en el CV y esperar a que, en un caso hipotético, me los pidieran?

Es que yo ya tengo bastante experiencia en solicitud de becas y es la primera vez en la que no tengo que aportar documentos justificativos de mis méritos (sólo de licenciatura y máster), lo cual me da bastante inseguridad de que pueda equivocarme.

Gracias! Ciao!

posts: 10
wetopia wrote:
wetopia wrote:

Hola Crissoriano, creo que lo más importante es que hables con el investigador principal del proyecto que selecciones, pues de ese forma, si acuerdas con el mismo que tú vas a ser el elegido, te puntuarán con 60 sobre 60 la parte de "candidato adecuado" y conseguirás la beca, sin importar los cursos, congresos o papers que tengas e incluso la nota del expediente.

Un saludo.


Hola wetopia, gracias por tu contestación.

Sé que eso es lo más importante, y no me preocupa, pues conozco desde hace tiempo al IP y él conoce mis méritos y cómo trabajo.

El tema está en la solicitud en sí, en la documentación que acredite mis méritos. El IP redacta un informe sobre cuál es el candidato elegido y elabora una lista ordenada de reservas y lo envía al Ministerio. Eso no me preocupa. Mi duda está en si he de hacer llegar la justificación de esos méritos directamente en la solicitud o si la comisión evaluadora, una vez con el informe del IP en su poder, me puede pedir la justificación de los mismos. Que no pasa nada porque tengo justificación de todos, pero no me gustaría que me ocurriera que, por pensar que sólo con ponerlos en el CV es suficiente no los enviara, y luego no me los contaran. Es decir, mi duda no es sobre el IP, es sobre la Comisión Evaluadora del Ministerio.

Con todo esto mi pregunta sigue siendo la misma, ¿debo colgar directamente todos los documentos justificativos de los méritos en la solicitud de la Sede Electrónica y/o hacérselos llegar por correo con la justificación de la solicitud que se ha de llevar a un registro oficial para que lo envíen por correo al Ministerio, o simplemente citarlos en el CV y esperar a que, en un caso hipotético, me los pidieran?

Es que yo ya tengo bastante experiencia en solicitud de becas y es la primera vez en la que no tengo que aportar documentos justificativos de mis méritos (sólo de licenciatura y máster), lo cual me da bastante inseguridad de que pueda equivocarme.

Gracias! Ciao!


Ok entonces. Según lo que yo interpreto, la Comisión Evaluadora del Ministerio no se va a meter a "comprobar" por asi decirlo el informe que haya hecho el investigador principal, por lo tanto no haría falta incluir dichos méritos, con que lo tengas hablado con dicho investigador es suficiente. Quiero decir que creo que pone en algún artículo, no lo tengo en frentea hora, que los que evalúan esos 60 puntos son los investigadores. Si la cosa funcionara como deberiara de funcionar, en el caso de que alguien tuviera apalabrado una plaza pero se presente alguien que presente muchos más méritos y le den le plaza al primero, alguien debería comprobarlo y denunciar al investigador por corrupto. Pero la propia norma al incluir el concepto de "perfil idóneo", asi de forma ambigua, o no se ahora como lo llaman y darle una puntuaciación de 60 sobre 100, posibilita el DEDAZO de forma obvia.

De todas formas, si se habilita la opción de incluir documentación aparte, que creo que si, no está de más que incluyas todo lo que tengas, no cuesta tanto recopilarlo.

Un saludo y espero ayudarte algo.

posts: 8

Si, muchas gracias.

Saludos!!

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Os voy a transcribir una "conversación" que he tenido con un trabajador del Servicio de Ayudas Predoctorales del Ministerio, en la que le demando información sobre muchos de los temas que se discuten aquí. Pienso que la Federación debería ponerse en contacto conmigo y plantear una denuncia al Defensor del Pueblo, como le indico a este sujeto, en tanto que la FJI se presenta como defensora de los derechos de los investigadores.


Quería saber cuáles son los criterios precisos para la evaluación de solicitudes. En el texto del BOE se expone:


a) Expediente académico del candidato. Puntuación: de 0 hasta 40 puntos.

b) Adecuación del candidato al proyecto de investigación. Puntuación: de 0 hasta 60 puntos.


Respecto al primero, no está claro en el texto de la convocatoria si se refiere al expediente del máster o de la licenciatura, ya que se puede optar al contrato predoctoral por la vía de la licenciatura o por la vía del máster. En esta línea, necesitaría saber si ambas opciones (vía licenciatura o vía máster) son excluyentes, es decir, si puedo optar exclusivamente desde el máster enviando la certificación académica del máster o si puedo optar exclusivamente desde la licenciatura enviando la certificación académica de la licenciatura. Además, no está claro el procedimiento para puntuar el expediente académico. Por ejemplo, ¿el procedimiento aplicable sería, en tanto que tengo un 7 en el máster, puntuarme en el apartado primero con un 20; si tengo un 9, con 30; y si tengo Matrícula de Honor, con un 40; utilizando la escala con base 4?

Por otro lado, el segundo criterio es tan general que no permite al candidato conocer con transparencia los procedimientos a utilizar en el proceso de evaluación de la adecuación. Necesitaría saber qué contenidos del expediente académico y del CV (si de estos documentos se extraen los contenidos a evaluar) son los que se utilizan para la valoración de la adecuación, así como las categorías que se usarán en el juicio de la comparación.


Atentamente,


XXXXXXXXXX



Buenos días,



Los criterios los realiza cada Investigador Principal siguiendo lo establecido en Convocatoria.



El expediente académico es en global todo el expediente académico que obtenga hasta el momento de la solicitud.



Atentamente,

Servicio de Ayudas Predoctorales.



En primer lugar, he de decirle que usted recibe un salario por responder a las preguntas de los solicitantes, Ese salario se lo pagan los solicitantes mediante los impuestos que pagan. Como solicitante, estoy en mi pleno derecho de decirle si el servicio público que me está dando y por el que pago me resulta satisfactorio.

En el texto de la convocatoria se expone:

2. La evaluación de los candidatos se realizará por una Comisión de Evaluación que estará formada por los siguientes miembros, procurándose en su composición la paridad entre hombres y mujeres.

3. La Comisión de Evaluación, con arreglo a los criterios establecidos para la evaluación y a la vista de los informes de los investigadores principales de los proyectos de investigación, emitirá un informe motivado, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, y donde se propongan las solicitudes seleccionadas y, en su caso, de reserva, de acuerdo con lo siguiente y con las disponibilidades presupuestarias.

Con su respuesta expresa un total desconocimiento del texto de la convocatoria. La evaluación final y la propuesta de resolución la realiza la Comisión de Evaluación.

No responde a mis preguntas. Léalas de nuevo y responda a las preguntas. Si usted no está capacitado para responderlas, déselas a un compañero que sí lo esté. Den el servicio por el que les pago. Si no lo hacen, me pondré en contacto con el Defensor del Pueblo para denunciar la incompetencia que evidencia el servicio.


Atentamente,


XXXXXXXXXX



Buenos días:

Dados los términos en los que se dirige al servicio público "que usted paga", resulta difícil responder a sus preguntas.
Teniendo en cuenta que usted quiere optar a una subvención pública debería cuidar la educación y prestar mayor atención a la lectura de la legislación vigente.

Resolución de 9 de agosto de 2013, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2013, de diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Movilidad, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Art. 24.1. Las solicitudes serán objeto de informe de evaluación científico-técnica por parte de los investigadores principales de los proyectos de investigación susceptibles de asignación de las ayudas. Cada investigador principal llevará a cabo la evaluación científico-técnica de todos aquellos candidatos que han solicitado la adscripción a su proyecto de acuerdo con los siguientes criterios y elaborará basado en ellos un informe de evaluación científico-técnica para cada una de las candidaturas.

Art. 21.1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que se encuentren en disposición de estar matriculado o admitido en un programa de doctorado, en el momento de la formalización del contrato.

LEY 14/2011, de 1 de junio, DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN

Art. 21. 1) El contrato tendrá por objeto la realización de tareas de investigación, en el ámbito de un proyecto específico y novedoso, por quienes estén en posesión del Título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado universitario
con grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System) o master universitario, o equivalente, y hayan sido admitidos a un programa de doctorado.
Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

El/los certificado/s académico/s que se valorará/n corresponden con los estudios necesarios para acceder a un programa de doctorado.

Un saludo.


Los términos y la educación en los que me dirijo al servicio público son los merece un servicio que está evidenciando ser pésimo. Por otra parte, no opto a una subvención pública, sino a un contrato de trabajo, como estipula la Ley de la Ciencia y claramente la convocatoria.

Le voy a demostrar lo nefasta que es su gestión ante las consultas que le realizo. Si usted no es capaz de corregirse mediante argumentos, como le he informado, usaré al Defensor del Pueblo; figura a la que tenemos derecho los ciudadanos ante los abusos de la Administración Pública.

En primer lugar, me acusa de no haberme leído la convocatoria, sin embargo, es usted quien demuestra no tener el conocimiento necesario de la convocatoria que le exige su puesto de trabajo. En el anterior email le he expuesto el texto de la convocatoria que hace referencia a los actores en la evaluación de las solicitudes:


Artículo 24. Evaluación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán objeto de informe de evaluación científico-técnica por parte de los investigadores principales de los proyectos de investigación susceptibles de asignación de las ayudas. Cada investigador principal llevará a cabo la evaluación científico-técnica de todos aquellos candidatos que han solicitado la adscripción a su proyecto de acuerdo con los siguientes criterios y elaborará basado en ellos un informe de evaluación científico-técnica para cada una de las candidaturas.
Los criterios de evaluación científico-técnica serán los siguientes:
a) Expediente académico del candidato. Puntuación: de 0 hasta 40 puntos.
b) Adecuación del candidato al proyecto de investigación. Puntuación: de 0 hasta 60 puntos.
2. La evaluación de los candidatos se realizará por una Comisión de Evaluación que estará formada por los siguientes miembros, procurándose en su composición la paridad entre hombres y mujeres.
3. La Comisión de Evaluación, con arreglo a los criterios establecidos para la evaluación y a la vista de los informes de los investigadores principales de los proyectos de investigación, emitirá un informe motivado, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, y donde se propongan las solicitudes seleccionadas y, en su caso, de reserva, de acuerdo con lo siguiente y con las disponibilidades presupuestarias.

Como puede comprobar, si lee con atención el texto, se establece que, si bien el Investigador Principal del proyecto emite un informe, es la Comisión de Evaluación quien resuelve en última instancia la solicitud tomando en consideración, pero no únicamente, el informe del Investigador Principal.

Peca de mala voluntad al exponerme sólo la parte del Artículo 24 que le conviene para redundar en su afirmación, que es insostenible, en tanto que sólo contempla una parte del texto del Artículo.

De las preguntas que le formulé sólo me ha respondido hasta ahora a la cuestión que se refiere a qué expediente/s académico/s cuentan en la evaluación del apartado a), respondiéndome que son los expedientes de licenciado y de máster los que cuentan. No responde a ninguna más.

Por ende, tiene dos opciones:


1.- Corregirse y tener la actitud propia de un trabajador de un servicio público, ante una mala gestión que un usuario del servicio público en el que trabaja le está informando que está efectuando.

2.- Seguir con su mala actitud y que sea el Defensor del Pueblo el encargado de determinar con arreglo a las leyes vigentes si sus conductas ante mis legítimas demandas son correctas.


Atentamente,


XXXXXXXXXX

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Mi enhorabuena a Emol-Sinc, si todos hiciéramos lo mismo igual cambiaba algo el asunto de la administracción en España, que considerando mi experiencia personal, da bastante pena. Yo hace poco hice una consulta del mismo ámbito que está, y me respondieron que "Hola XXXX, lo más probable es que sí". Me sentó realmente mal la verdad.

En lo que se refiere al asunto de quien evalua, mi conclusión es DEDAZO.

Saludos.

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Gracias, Wetopía.

Está claro que, si no nos movemos para cambiar lo que no funciona, lo que no funciona seguirá sin funcionar.

Pienso que lo ideal sería que pusiéramos una denuncia al Defensor del Pueblo por parte de todos los afectados y con todas las pruebas posibles de la incompetencia y fraude de esta gente. Una vez puesta contactar con los medios de comunicación e invertenir en la opinión pública y en la de los políticos.

Poner una denuncia al Defensor del Pueblo es eficaz, gratuito y es la única arma de estas características que los ciudadanos tenemos ante estos abusos.


Hasta pronto.

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ENHORABUENA WETOPIA!!

Mejor no se podía haber manejado la situación: lenguaje claro, conciso y directo. Evidentemente esto va a DEDAZO porque.. ¿según qué criterios te evalúa el IP? ¿hay algún baremo objetivo? Que yo sepa... NO: que sea un profe tuyo al que le has caído mejor, que le vayas limpiando el suelo por el que pisa y al final se apiade de ti, o simplemente porque eres bueno.. pero evaluaciones objetivas está clarísimo que no.

Y está claro que la persona que te contestó no tiene ni idea (eso de subvenciones públicas?????????) y la educación y el temple brillan por su ausencia.

Por otra parte, estoy de acuerdo con ponerse en contacto con el Defensor pero según mi experiencia.. no sirve de nada, ni te defienden ni nada por el estilo. Se limitan a repetir como loritos, tal y como ha hecho esta persona que ha ido """""""respondiendo""""""" a tus preguntas.

Saludos y a por la FPI.

posts: 151

Hola, L4ur4:


Desconozco tu experiencia con el Defensor del Pueblo. La mía es que, según se muestra en sus resoluciones (que son públicas) y en un caso que he tenido próximo a mí, sí ejerce coacción sobre los organismos públicos mediante resoluciones con fundamento jurídico.

En el caso que tengo más próximo, después de emitir el Defensor una resolución jurídica favorable al denunciante, fue el mismo Defensor el que puso una demanda por vía judicial ante la institución que fue denunciada por el ciudadano.

El Defensor emite resoluciones jurídicas. Cuando se tiene una resolución jurídica en la mano ya la cosa cambia, porque en cualquier momento puedes ir por vía judicial y ganar el juicio, lo que presiona sobre la institución objeto de la denuncia y obliga a cambiar a la institución.

posts: 49

Hay algo que me sigue sin quedar claro en la convocatoria respecto a los certificados académicos.

Pongamos por ejemplo que he terminado la licenciatura y el máster, pero el máster no he pagado el título, aunque he superado todos los créditos y así consta en el certificado académico ¿Valdrían esas notas?

Otro caso, si alguien ha superado la licenciatura y algunas asignaturas del máster, ¿contarían las notas del máster? ¿o sólo se cuentan cuando la titulación está terminada?

posts: 75

Hola Emol-Sinc:

Me alegro de que a ti sí que te haya servido la gestión del Defensor del Pueblo, pero mi experiencia fue nefasta. Básicamente me dijeron que me buscara la vida y que las cosas son como son, que si no me gusta que me largue. Así que... evidentemente este tipo de gestiones se tienen que hacer e intentar conseguir algo, quedarse de brazos cruzados es la peor de las opciones.

Saludos.

posts: 2
wetopia wrote:

Mi enhorabuena a Emol-Sinc, si todos hiciéramos lo mismo igual cambiaba algo el asunto de la administracción en España, que considerando mi experiencia personal, da bastante pena. Yo hace poco hice una consulta del mismo ámbito que está, y me respondieron que "Hola XXXX, lo más probable es que sí". Me sentó realmente mal la verdad.

En lo que se refiere al asunto de quien evalua, mi conclusión es DEDAZO.

Saludos.


A los que opinais que el sistema de elección de beneficiarios de los contratos FPI es injusto, os diría que de esta forma se le confiere más poder al IP sobre el candidato que quiere tener en su grupo con respecto a otros programas como las FPU.

Realmente los criterios de la convocatoria son todo lo contrario a objetivos, pero creo que nos engañaríamos si pensamos que la nota media o incluso las asignaturas cursadas son las únicas cuestiones importantes a la hora de trabajar con alguien. Es perfectamente posible que un alumno muy brillante sea un inepto en el laboratorio, o una persona conflictiva que afecte al ambiente general de trabajo.

Soy de la opinión de que dar la mayor flexibilidad posible a los IP para seleccionar el candidato que estimen oportuno es positivo. Para mi el mejor ejemplo es un alumno interno del departamento que conozca bien la forma de trabajar y tenga experiencia en el tema, así como buena relación con el personal.

Más allá de la resolución objetiva basada en documentos que aporten los candidatos, prima el sentido práctico y el criterio del IP. Por lo tanto, hay que pensar en las FPI como recurso que se concede a LOS GRUPOS para que elijan un doctorando.

Saludos

posts: 27
wetopia wrote:
wetopia wrote:

Mi enhorabuena a Emol-Sinc, si todos hiciéramos lo mismo igual cambiaba algo el asunto de la administracción en España, que considerando mi experiencia personal, da bastante pena. Yo hace poco hice una consulta del mismo ámbito que está, y me respondieron que "Hola XXXX, lo más probable es que sí". Me sentó realmente mal la verdad.

En lo que se refiere al asunto de quien evalua, mi conclusión es DEDAZO.

Saludos.


A los que opinais que el sistema de elección de beneficiarios de los contratos FPI es injusto, os diría que de esta forma se le confiere más poder al IP sobre el candidato que quiere tener en su grupo con respecto a otros programas como las FPU.

Realmente los criterios de la convocatoria son todo lo contrario a objetivos, pero creo que nos engañaríamos si pensamos que la nota media o incluso las asignaturas cursadas son las únicas cuestiones importantes a la hora de trabajar con alguien. Es perfectamente posible que un alumno muy brillante sea un inepto en el laboratorio, o una persona conflictiva que afecte al ambiente general de trabajo.

Soy de la opinión de que dar la mayor flexibilidad posible a los IP para seleccionar el candidato que estimen oportuno es positivo. Para mi el mejor ejemplo es un alumno interno del departamento que conozca bien la forma de trabajar y tenga experiencia en el tema, así como buena relación con el personal.

Más allá de la resolución objetiva basada en documentos que aporten los candidatos, prima el sentido práctico y el criterio del IP. Por lo tanto, hay que pensar en las FPI como recurso que se concede a LOS GRUPOS para que elijan un doctorando.

Saludos



Claro, es que las FPI son becas que se gana el IP, que gana su proyecto y con ello la posibilidad de ganar un esbirro durante 4 años, cobrando eso sí. Está guay que se haga un concurso público para evitar fraude, por supuesto. Pero, evitando fraudes o cosas raras (en plan que el hijo del rector que es no sé sociólogo, consiga una beca de un proyecto de física atómica, yo qué sé...), el IP debe poder contratar al candidato que más le interese. Para becas individuales donde la nota es lo único que importa, ya están las FPU y alguna más, (ya menos por desgracia), pero a lo que me refiero es que aunque al investigador le lleguen 20 CV brillantes de físicos, químicos y matemáticos, si lo que él quiere es un ingeniero, mientras reúna los requisitos exigidos, ¿porqué va a tener que quedarse con un perfil que no busca?. Esto puede ser uno de tantos ejemplos, pero vamos el punto importante es que las FPIs son un "plus"/"premio" que ganan los IPs y sus proyectos.

Por lo tanto me parece muy exagerada la reacción que ha ha

posts: 27
wetopia wrote:
wetopia wrote:
wetopia wrote:

Mi enhorabuena a Emol-Sinc, si todos hiciéramos lo mismo igual cambiaba algo el asunto de la administracción en España, que considerando mi experiencia personal, da bastante pena. Yo hace poco hice una consulta del mismo ámbito que está, y me respondieron que "Hola XXXX, lo más probable es que sí". Me sentó realmente mal la verdad.

En lo que se refiere al asunto de quien evalua, mi conclusión es DEDAZO.

Saludos.


A los que opinais que el sistema de elección de beneficiarios de los contratos FPI es injusto, os diría que de esta forma se le confiere más poder al IP sobre el candidato que quiere tener en su grupo con respecto a otros programas como las FPU.

Realmente los criterios de la convocatoria son todo lo contrario a objetivos, pero creo que nos engañaríamos si pensamos que la nota media o incluso las asignaturas cursadas son las únicas cuestiones importantes a la hora de trabajar con alguien. Es perfectamente posible que un alumno muy brillante sea un inepto en el laboratorio, o una persona conflictiva que afecte al ambiente general de trabajo.

Soy de la opinión de que dar la mayor flexibilidad posible a los IP para seleccionar el candidato que estimen oportuno es positivo. Para mi el mejor ejemplo es un alumno interno del departamento que conozca bien la forma de trabajar y tenga experiencia en el tema, así como buena relación con el personal.

Más allá de la resolución objetiva basada en documentos que aporten los candidatos, prima el sentido práctico y el criterio del IP. Por lo tanto, hay que pensar en las FPI como recurso que se concede a LOS GRUPOS para que elijan un doctorando.

Saludos



Claro, es que las FPI son becas que se gana el IP, que gana su proyecto y con ello la posibilidad de ganar un esbirro durante 4 años, cobrando eso sí. Está guay que se haga un concurso público para evitar fraude, por supuesto. Pero, evitando fraudes o cosas raras (en plan que el hijo del rector que es no sé sociólogo, consiga una beca de un proyecto de física atómica, yo qué sé...), el IP debe poder contratar al candidato que más le interese. Para becas individuales donde la nota es lo único que importa, ya están las FPU y alguna más, (ya menos por desgracia), pero a lo que me refiero es que aunque al investigador le lleguen 20 CV brillantes de físicos, químicos y matemáticos, si lo que él quiere es un ingeniero, mientras reúna los requisitos exigidos, ¿porqué va a tener que quedarse con un perfil que no busca?. Esto puede ser uno de tantos ejemplos, pero vamos el punto importante es que las FPIs son un "plus"/"premio" que ganan los IPs y sus proyectos.


Se me quedó la frase a medias, quería decir al final simplemente que me ha parecido algo exagerada, por el motivo que he comentado, la reacción de algún forero de aquí. Es cierto que por lo menos quizás debiera estar más claro el baremo de puntuación; con todo, evitando casos flagrantes, el IP debe tener libertad para elegir de quién quiere ser director de una tesis doctoral durante los próximos 4 años, me parece a mi vamos.

posts: 10

Buneo, eso de que el IP debe tener libertad para elegir es discutible, opinable. Yo creo que no, yo creo que si se presenta Pepito con un 10 de expediente y 20 papers en revista Q1, no veo bien, que el IP seleccione a Manolito, con quien va a tomar cafe y es buena gente pero no es precisamente brillante. Es dinero público y estamos hablando de estudios superiores y de gente responsable que aunque no se conozca es capaz de participar en un proyecto, y mejorarlo!! algo que quizás seleccionando a un conocido más que mejorarlo lo que se hace es desperdiciarlo, eh?.

Pero bueno, ya digo que es discutible.

Lo que no es discutible, es que si es a DEDAZO, nos vengan con las mierdas, y perdonad el lenguaje, de currículumns, notas, que ni ellos saben si es de licenciatura, master o que, por que en el fondo da igual, y con cosas abstractas. Si quieren que el IP elija pues que lo digan y ya está. Sino, es dar falsas ilusiones a la gente.

posts: 2
wetopia wrote:

Buneo, eso de que el IP debe tener libertad para elegir es discutible, opinable. Yo creo que no, yo creo que si se presenta Pepito con un 10 de expediente y 20 papers en revista Q1, no veo bien, que el IP seleccione a Manolito, con quien va a tomar cafe y es buena gente pero no es precisamente brillante. Es dinero público y estamos hablando de estudios superiores y de gente responsable que aunque no se conozca es capaz de participar en un proyecto, y mejorarlo!! algo que quizás seleccionando a un conocido más que mejorarlo lo que se hace es desperdiciarlo, eh?.

Pero bueno, ya digo que es discutible.

Lo que no es discutible, es que si es a DEDAZO, nos vengan con las mierdas, y perdonad el lenguaje, de currículumns, notas, que ni ellos saben si es de licenciatura, master o que, por que en el fondo da igual, y con cosas abstractas. Si quieren que el IP elija pues que lo digan y ya está. Sino, es dar falsas ilusiones a la gente.


Creo que estás descontextualizando bastante. El que está seleccionando al personal es un IP, que en principio merece algo de respeto. No se llega a ser IP siendo un irresponsable ni por amiguismos. Si un IP considera que trabaja mejor una persona sin publicaciones que una con 20 publicaciones, eso forma parte de su libertad para decidir a quién quiere en su equipo, ahora, ese no suele ser el caso precisamente.

Por otro lado, no todas las becas están asignadas de antemano. Hay muchos IPs que seguro que están buscando candidatos y que incluso esperan a que les lleguen los curriculums a través del ministerio para ver quién es el mejor atendiendo únicamente a sus méritos académicos, de ahí que tenga mucho sentido el envío de los expedientes.

Lamentablemente, los funcionarios públicos encargados de gestionar las dudas con respecto a las becas demuestran poco interés y muchísima relajación en sus funciones, así que te recomiendo que hagas lo que creas más honesto a partir de la interpretación de la convocatoria en referencia a los datos que envías.

No seré yo quien defienda la situación de la ciencia en España, pero es importante ser riguroso cuando se critica.

Ánimo y saludos.

posts: 1
Xosé A. Álvarez wrote:



El tema de las FPI es complicado porque si das peso un peso decisivo al IP depende mucho de la profesionalidad del mismo. Yo creo que por regla general, y por la experiencia que he tenido, que les concedan un becario es un premio para el proyecto de investigación y no se dejan llevar simplemente por amiguismos salvo alguna excepción. A ellos les interesa tener a alguien competente. El problema es ¿cómo puede saber el IP que lo es? Pues a parte de los criterios objetivos como puede ser la nota de expediente de la carrera, a veces la única forma de saberlo es que haya tenido ya contacto personal con él antes o bien que haya causado en algún compañero buena impresión, porque la nota a veces no es tan indicativo. Por tanto esto posibilita algún caso de mala praxis, o el problema de que la solicite un alumno bueno pero, al no tener garantías de él al margen de la nota, pueda quedarse fuera del sistema. Esto tiene pro y contras como podéis ver.

Por otra parte yo he tenido una duda importante sobre las FPI que por lo que he leído no se ha planteado: ¿No hay que presentar un proyecto de investigación?? A mi me suena que algún año sí que se ha pedido pero no lo he leído en la solicitud, igual lo he pasado de largo sin darme cuenta pero... A ver si alguien puede ayudarme porque me estresa un poco preparar un proyecto con tan poco margen.

Un saludo a todos.

posts: 25
Xosé A. Álvarez wrote:


Buenos días, ¿alguien ha encontrado el listado definitivo de proyectos a los que le han concedido la ayuda para contrato predoctoral? Es que por más que miro en la SEDE ELECTRÓNICA del MINECO no lo veo.
Gracias!!

posts: 15

No sé porqué la gente está hablando de "DEDAZO" para estas becas. No son un enchufe en modo alguno. Cuando la eché recién licenciada había que pasar dos criterios, el del Ministerio y el del IP.

En mi caso me animaron en dos laboratorios y no pasé la criba del Ministerio, era la primera y me excluyó por nota (no hay nota de corte, pero cuenta la preparación) y por falta de méritos (competía con gente que ya tenía máster). Todo eso sumaba una puntuación y había que llegar a un mínimo antes de llegar al IP.


Además es obvio que el IP debe ser profesional, pero de hecho incluso hubo grupos que se quedaron desiertos porque no pasó la criba ningún aspirante. No son tan fáciles de conseguir estas becas. Son diferentes de las FPU, cierto, pero no más fáciles.

posts: 26
mlp wrote:

No sé porqué la gente está hablando de "DEDAZO" para estas becas. No son un enchufe en modo alguno. Cuando la eché recién licenciada había que pasar dos criterios, el del Ministerio y el del IP.

En mi caso me animaron en dos laboratorios y no pasé la criba del Ministerio, era la primera y me excluyó por nota (no hay nota de corte, pero cuenta la preparación) y por falta de méritos (competía con gente que ya tenía máster). Todo eso sumaba una puntuación y había que llegar a un mínimo antes de llegar al IP.


Además es obvio que el IP debe ser profesional, pero de hecho incluso hubo grupos que se quedaron desiertos porque no pasó la criba ningún aspirante. No son tan fáciles de conseguir estas becas. Son diferentes de las FPU, cierto, pero no más fáciles.


Esta vez parece que no hay corte, ¿no? Cuando leí las bases entendí que todas las solicitudes llegarán a los IP y que luego si la suma de la Comisión y del IP te da 75 pueden dártela. Obviamente con menos de un 15 en la evaluación de la Comisión quedas fuera, no sé si primero se pasa por esa evaluación y luego los que pasen del 15 se envian a los IP :-S

posts: 26

AYUDA

Hoy, primera día para la solicitud, primera en la frente.

Me parece una pregunta obvia pero la planteo por si a alguien más le pasa. Yo terminé el año pasado una Doble Licenciatura, de manera que en cinco años obtuve dos títulos de las dos carreras por separado a pesar de que las hice a la vez.
Esperaba encontrar en el desplegable de la solicitud mi carrera pero no aparecen las dobles licenciaturas, aunque sí aparecen cada carrera por separado. Mi lógica me dice que debería poner de las dos la que más nota obtuve, porque además tengo los dos expedientes por separado. Llamé al ministerio y me dijeron que mandara un email con la duda pero no me han contestado aún. Igual es cabezonería mía pero si tengo dos carreras y las dos con buena nota no sé porqué no puedo acreditar las dos, más cuando ambas tienen relación con el proyecto que quiero pedir.

En todo caso, pregunté otras cosas que cuento por si sirven. Para los que tienen dos carreras pero terminadas en años distintos, hay que poner la MAS ANTIGUA, la que se acabó antes.

En el primer desplegable de datos académicos te preguntan si tienes los estudios que dan acceso al doctorado. He preguntado y me han dicho que si como en mi caso aún no hemos terminado el máster NO TENEMOS LOS REQUISITOS para entrar en doctorado, por lo que hay que marcar que NO. Más adelante te preguntan si estás cursando el Máster. Me han dicho que no nos preocupemos porque cuando hay que tener la titulación que da acceso al doctorado es a la hora de recibir la ayuda, no ahora que la estamos solicitando. Con lo cual, eso que nos ha dado tanto quebradero de cabeza sobre "estudios que dan acceso al doctorado" se refiere al Máster.

Bueno a ver si alguien me puede aconsejar con lo de la doble titulación. Gracias!

posts: 4
Xosé A. Álvarez wrote:



Hola, a ver si alguien me puede resolver esta duda cuanto antes para terminar de echar la beca:

yo termino el Máster ahora en Septiembre, pero uno de los requisitos para optar a la "FPI" es tener aprobados al menos 60 ECTS de Máster. Mi Máster es de 120 y yo ya tengo 90 aprobados, y los otros 30 los voy a aprobar ahora en septiembre. Lo que no se es si en "Añadir Documentos" al hacer la inscripción online basta con incluir el CV y el Certificado Académico de la Licenciatura, o también tendría que incluir el Certificado del Máster para certificar que ya tengo al menos esos 90 créditos aprobados.

Espero no haberos liado mucho, pero supongo que habrá mñas gente en mi situación, con el máster aún sin terminar en el momento de hacer la inscripción online

Saludos y suerte a tod@s

posts: 69

Hola Crissoriano

He enviado un correo a la dirección del ministerio preguntando si había que subir los documentos de licenciatura, máster o ambos y me han contestado que en el caso de tener ambos, subirlos,
por otro lado con respecto a tu duda sobre los documentos que certifican cursos, congresos etc, me han contestado que SÓLO hay que subir los documentos del artículo 22.4, así que asumo que no

Espero haberte ayudado

Un saludo

posts: 78
MoritaYeah wrote:


¿Hay cambio respecto del provisional?


En la sección de los relativos a mi rama me ha parecido ver alguno nuevo, así que merece la pena echarle un vistazo! Grosso modo, el .pdf tiene la mitad de páginas y ocupa el doble xD.

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