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Convocatorias Predoctorales: FPI, FPU, CCAA, Fundaciones


fpi

¿Dejas de cobrar la ayuda FPI si lees la Tesis antes de terminar la fase de contrato?

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Hola,

Soy beneficiario de una ayuda FPI cuya fase de contrato termina el próximo mes de Septiembre. El martes pasado 8 de Julio leí la tesis y ahora me han dicho que cuando lees la tesis dejas de cobrar la ayuda. ¿Es esto así?

En mi convocatoria no ponía nada al respecto. Pone que que el Centro de I+D debe comunicar al órgano concedente de que el beneficiario ha terminado la tesis, pero nada acerca de que deje de cobrar. Si alguien en el mismo caso lo sabe y me pudiera ayduar se lo agradezco.

Muchas gracias.

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charlespa wrote:

Hola,

Soy beneficiario de una ayuda FPI cuya fase de contrato termina el próximo mes de Septiembre. El martes pasado 8 de Julio leí la tesis y ahora me han dicho que cuando lees la tesis dejas de cobrar la ayuda. ¿Es esto así?

En mi convocatoria no ponía nada al respecto. Pone que que el Centro de I+D debe comunicar al órgano concedente de que el beneficiario ha terminado la tesis, pero nada acerca de que deje de cobrar. Si alguien en el mismo caso lo sabe y me pudiera ayduar se lo agradezco.

Muchas gracias.


¿Podrías indicar el año de tu convocatoria para echarle un vistazo? Hasta donde yo sé lo del límite para seguir cobrando afectaba solamente a los FPI de las últimas convocatorias (2013 seguro y no sé si también 2012).

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charlespa wrote:
charlespa wrote:

Hola,

Soy beneficiario de una ayuda FPI cuya fase de contrato termina el próximo mes de Septiembre. El martes pasado 8 de Julio leí la tesis y ahora me han dicho que cuando lees la tesis dejas de cobrar la ayuda. ¿Es esto así?

En mi convocatoria no ponía nada al respecto. Pone que que el Centro de I+D debe comunicar al órgano concedente de que el beneficiario ha terminado la tesis, pero nada acerca de que deje de cobrar. Si alguien en el mismo caso lo sabe y me pudiera ayduar se lo agradezco.

Muchas gracias.


¿Podrías indicar el año de tu convocatoria para echarle un vistazo? Hasta donde yo sé lo del límite para seguir cobrando afectaba solamente a los FPI de las últimas convocatorias (2013 seguro y no sé si también 2012).


Gracias HayQuePonerAlgo por responder. El año de mi convocatoria fue 2010. Yo comencé la ayuda el 1 de Octubre de 2010 y la termino el 30 de Septiembre de 2014. Como ya he leído la tesis no sé si la seguiré cobrando hasta Septiembre o no.

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charlespa wrote:
Gracias HayQuePonerAlgo por responder. El año de mi convocatoria fue 2010. Yo comencé la ayuda el 1 de Octubre de 2010 y la termino el 30 de Septiembre de 2014. Como ya he leído la tesis no sé si la seguiré cobrando hasta Septiembre o no.


En principio tu convocatoria no hace referencia explícita sobre si la defensa de la tesis implica la finalización de la ayuda, por lo que creo que vas a seguir cobrando hasta septiembre. Conozco a algún FPI2011 que ha leído la tesis en su tercer año de ayuda y siguió (sigue) cobrando después de presentar. De hecho en ninguna convocatoria, excepto la de 2013 pone explícitamente qué ocurre si lees antes de terminar los cuatro años. En la de 2013 pone lo siguiente:

4. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la misma. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

Teniendo en cuenta que la ley es de 2011 a ti no te afectaría. Sin embargo, si hay alguien de convocatorias posteriores leyendo esto a lo mejor debería preguntar, no vaya a ser.

posts: 17
charlespa wrote:
charlespa wrote:
Gracias HayQuePonerAlgo por responder. El año de mi convocatoria fue 2010. Yo comencé la ayuda el 1 de Octubre de 2010 y la termino el 30 de Septiembre de 2014. Como ya he leído la tesis no sé si la seguiré cobrando hasta Septiembre o no.


En principio tu convocatoria no hace referencia explícita sobre si la defensa de la tesis implica la finalización de la ayuda, por lo que creo que vas a seguir cobrando hasta septiembre. Conozco a algún FPI2011 que ha leído la tesis en su tercer año de ayuda y siguió (sigue) cobrando después de presentar. De hecho en ninguna convocatoria, excepto la de 2013 pone explícitamente qué ocurre si lees antes de terminar los cuatro años. En la de 2013 pone lo siguiente:

4. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la misma. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

Teniendo en cuenta que la ley es de 2011 a ti no te afectaría. Sin embargo, si hay alguien de convocatorias posteriores leyendo esto a lo mejor debería preguntar, no vaya a ser.


Gracias de nuevo por tu rápida respuesta, me quedo más tranquilo. En cuanto a los FPI que crean que les puede afectar quizá deberían asegurarse de ello para, llegado el momento de leer la tesis (que todo llega), hacerlo cuando más les interese en función de su situación.

posts: 27

Hola,

Yo soy de la convocatoria del 2013 y sí que especifica que en cuanto se lee la tesis se termina el contrato, pero creo que para años anteriores no es así. La cuestión es que nuestro contrato es de 4 años, pero ahora los programas de doctorado te obligan a leer la tesis en 3 años, con posibilidad de prorroga de un año (no sé si puede pedirla todo el mundo). Así que la teoría dice que el contrato es de 4 años pero solo podemos disfrutar de 3 (?????). Alguien sabe al respecto?

Muchas gracias!

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Lothlorien wrote:

Hola,

Yo soy de la convocatoria del 2013 y sí que especifica que en cuanto se lee la tesis se termina el contrato, pero creo que para años anteriores no es así. La cuestión es que nuestro contrato es de 4 años, pero ahora los programas de doctorado te obligan a leer la tesis en 3 años, con posibilidad de prorroga de un año (no sé si puede pedirla todo el mundo). Así que la teoría dice que el contrato es de 4 años pero solo podemos disfrutar de 3 (?????). Alguien sabe al respecto?

Muchas gracias!


Sí, es exactamente lo que dices. Te dan 4 años de contrato pero tienes que terminar la tesis en 3 años, perdiendo así 1 año de contrato. Es lo que tiene que te pille justo el cambio de legislación, que aparecen incongruencias. Sin embargo, en tu caso intentaría pedir el año de prórroga. Teniendo financiación no creo que te pongan problemas.

posts: 8

Hola,

Al hilo de la última intervención, de HayQuePonerAlgo, me gustaría plantearos mi caso, que este mes de agosto no hay quien me lo resuelva en la Universidad y me tiene un poco preocupada:

Empecé mi doctorado en el curso 2010-2011, regulado por el RD 1393/2007, y sin financiación de ningún tipo, trabajando por ahí como podía para mantenerme y compatibilizando trabajo y doctorado. Tres cursos más tarde, en la convocatoria de 2013 conseguí una FPI, a la que me incorporé oficialmente el 1 de enero de 2014. Ahí, desde hace 8 meses, pasé a poder vivir de la investigación sin necesidad de trabajar en ningún otro sitio y poder estar un poco más tránquila por tener 4 años de contrato por delante, aunque supusiera emplear 7 años en total en el doctorado, algo que no me importa. Ahora, el 23 de julio de 2014 salió una resolución del Rector que establece una fecha límite para la presentación de la tesis de programas anteriores a los regulados por el RD 99/2011, como es mi caso. De hecho, yo, por iniciar mi doctorado en 2010 me limitan el último año en que me puedo matricular del doctorado al curso 2015-2016, fecha máxima para depositar mi tesis el 10 de noviembre de 2015 y fecha máxima para leer la tesis el 11 de febrero de 2016.

De este modo he pasado de tener tranquilidad por 3 años y medio más, a tener que estar depositando la tesis dentro de 1 año y 3 meses. Además, como soy de la convocatoria FPI 2013, una vez que lea mi tesis me quedo sin contrato y, por tanto, sin pasta que me dé de comer haciendo lo que me gusta. Además, de que en el departamento se quedan sin la persona contratada por 4 años para trabajar en su proyecto.

Como esa resolución del Rector aprobada el 23 de julio de 2014 no se hizo llegar a la comunidad universitaria hasta el día 28 (o no me enteré), cuando fui a plantear mi duda a la Sección de Postgrado ahí no había nadie, todo el mundo de vacaciones. Y yo desde entonces subiéndome por las paredes.

Por favor, ¿alguien sabe algo de esto? Creo que si me cambio al programa del RD 99/2011 no me empiezan a contar otra vez 3 años para hacer la tesis, puesto que en la resolución del Rector indica que estos límites de tiempo afectan a quienes iniciaron el doctorado en programas anteriores al RD 99/2011. Además de que indica explicitamente que en ningún caso habrá prorroga de esos plazos.

Me quedo muerta, tanto tiempo esperando un contrato así y ahora me pegan un hachazo. Además, te lanzan la resolución del Rector y se van de vacaciones para que te reconcomas durante el mes de agosto entero esperando al día 1 de septiembre a las 9 de la mañana para ver si te dan información de qué puedes hacer.

Os agradecería mucho que me informárais de lo que fuera, incluso de cómo se gestiona esto en vuestras universidades.

Un saludo.

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Crissoriano wrote:

Hola,

Al hilo de la última intervención, de HayQuePonerAlgo, me gustaría plantearos mi caso, que este mes de agosto no hay quien me lo resuelva en la Universidad y me tiene un poco preocupada:

Empecé mi doctorado en el curso 2010-2011, regulado por el RD 1393/2007, y sin financiación de ningún tipo, trabajando por ahí como podía para mantenerme y compatibilizando trabajo y doctorado. Tres cursos más tarde, en la convocatoria de 2013 conseguí una FPI, a la que me incorporé oficialmente el 1 de enero de 2014. Ahí, desde hace 8 meses, pasé a poder vivir de la investigación sin necesidad de trabajar en ningún otro sitio y poder estar un poco más tránquila por tener 4 años de contrato por delante, aunque supusiera emplear 7 años en total en el doctorado, algo que no me importa. Ahora, el 23 de julio de 2014 salió una resolución del Rector que establece una fecha límite para la presentación de la tesis de programas anteriores a los regulados por el RD 99/2011, como es mi caso. De hecho, yo, por iniciar mi doctorado en 2010 me limitan el último año en que me puedo matricular del doctorado al curso 2015-2016, fecha máxima para depositar mi tesis el 10 de noviembre de 2015 y fecha máxima para leer la tesis el 11 de febrero de 2016.

De este modo he pasado de tener tranquilidad por 3 años y medio más, a tener que estar depositando la tesis dentro de 1 año y 3 meses. Además, como soy de la convocatoria FPI 2013, una vez que lea mi tesis me quedo sin contrato y, por tanto, sin pasta que me dé de comer haciendo lo que me gusta. Además, de que en el departamento se quedan sin la persona contratada por 4 años para trabajar en su proyecto.

Como esa resolución del Rector aprobada el 23 de julio de 2014 no se hizo llegar a la comunidad universitaria hasta el día 28 (o no me enteré), cuando fui a plantear mi duda a la Sección de Postgrado ahí no había nadie, todo el mundo de vacaciones. Y yo desde entonces subiéndome por las paredes.

Por favor, ¿alguien sabe algo de esto? Creo que si me cambio al programa del RD 99/2011 no me empiezan a contar otra vez 3 años para hacer la tesis, puesto que en la resolución del Rector indica que estos límites de tiempo afectan a quienes iniciaron el doctorado en programas anteriores al RD 99/2011. Además de que indica explicitamente que en ningún caso habrá prorroga de esos plazos.

Me quedo muerta, tanto tiempo esperando un contrato así y ahora me pegan un hachazo. Además, te lanzan la resolución del Rector y se van de vacaciones para que te reconcomas durante el mes de agosto entero esperando al día 1 de septiembre a las 9 de la mañana para ver si te dan información de qué puedes hacer.

Os agradecería mucho que me informárais de lo que fuera, incluso de cómo se gestiona esto en vuestras universidades.

Un saludo.

Hola Crissoriano,

Sobre este tema se estaba debatiendo en un hilo sobre las diferencias entre el doctorado RD2007 y RD2011. Échale un vistazo si tienes un rato.

De todas formas siento decirte que todo lo que estás comentando es tal cual lo contaste: tienes un límite para presentar tu doctorado al estar matriculada en uno anterior al 2011 y una vez pesentada la tesis no podrás seguir cobrando la ayuda.

Yo también he preguntado en mi Universidad (UAM) sobre los límites para leer la tesis (en mi caso, empecé en mayo de este año y tengo de límite hasta septiembre de 2017) ya que no tienen posibilidad de prórroga (también soy 2007) y ello me dejaría en desventaja en relación a los RD2011. La solución que me ofrecieron es "pasarme" al mismo doctorado en el que estoy ahora pero el que está regulado por el RD2011. Me tienen que volver a admitir y no puedo leer la tesis hasta que haya pasado un año desde que me matricule.

Sin embargo, de momento no he encontrado en ninguna universidad normativa oficial respecto a estos casos ni cómo se haría el "paso" de un RD a otro; si habrá que volver a pagar para que te "convaliden" el resto de cursos, si te podrían llegar a no admitir, si te dan otros tres años más para acabar o si tienes límite, etc. Pregunta en septiembre directamente en tu universidad a ver si a ti te dan algo más de información (a poder ser que lo hagan por escrito). En los próximos años habrá mas gente que se encuentre en estas situaciones y tendrán que regularlo de alguna forma.

Si te enteras de algo agradeceríamos muchísimo que lo compartieses por aquí.

Un saludo.

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