Objetivo: Transmitir las propuestas al borrador del RD de Doctorado.
1) Se confirma la aplicación del término investigadores en formación para
los doctorandos y se acepta su inclusión en el artículo 2.
2) Duración del Doctorado 3 años más 1 excepcional de prórroga, de forma
transitoria y de forma extraordinaria se podría acceder durante un tiempo a
un año más.
3) Férreo control por parte del Ministerio en la verificación de los títulos para
evitar el fraude en el tiempo por el paso de tiempo completo a parcial
4) Se admite la consideración de los investigadores en formación como
colectivo con derechos propios y representación en las Escuelas de Doctorado.
5) Se comprometen a estudiar la inclusión de mecanismos vía Orden Ministerial
que permita la diferenciación por excelencia en la obtención del "cum laude".
6) Mecanismo de resolución de conflicto entre doctorando y director de tesis.
Es una de las principales novedades de este Real Decreto y se po