JURISPRUDENCIA TSJ
JURISPRUDENCIA: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Esta página ha sido creada por la Comisión Jurídica de la Federación de Jóvenes Investigadores - PRECARIOS para recoger sentencias de los TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA autonómicos que son favorables a la laboralización, a la consideración como trabajadores de los jóvenes investigadores y similares. Incluimos también sentencias referidas a trabajadores con beca en el ámbito de universidades, organismos de investigación o centros de enseñanza, aunque no se ocupasen propiamente de tareas científicas. Puedes consultar la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional en esta otra página.(1) TSJ DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 6
[+]Nº Recurso: 4681/1997
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Id. Cendoj: 28079340061997100242
Fecha: 11 de diciembre de 1997
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Francisco José Trujillo Calvo
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Universidad Autónoma de Madrid
Fecha: 11 de diciembre de 1997
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Francisco José Trujillo Calvo
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Universidad Autónoma de Madrid
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 37 de Madrid, con número de autos 123/97
RESUMEN:
- La sentencia recurrida determinaba que la demandante, que acumulaba sucesivas becas para puestos de técnico de laboratorio, debía ser contratada como personal fijo de plantilla. Se reconoció, además, buena parte de la antigüedad atesorada.
- Al haber sido despedida y reemplazada por una nueva técnico para otro proyecto (contrato de duración determinada), la demandante solicita que se declare nulo dicho contrato o, subsidiariamente, improcedente el despido del que había sido objeto.
- Se acepta que el despido no debió ser nulo, sino improcedente.
FALLO: ESTIMACIÓN PARCIAL DEL RECURSO INTERPUESTO.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(2) TSJ DE CANARIAS. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
[+]Nº Recurso: 417/99
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Id. Cendoj: 38038340011999100446
Fecha: 1 de septiembre de 1999
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: José Manuel Celada Alonso
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Letrado Rogelio Zamora Alonso (en representación)
Fecha: 1 de septiembre de 1999
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: José Manuel Celada Alonso
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Letrado Rogelio Zamora Alonso (en representación)
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 4, con número de autos R.-71-98
RESUMEN:
- Técnico de laboratorio contratada con una beca para un proyecto, y que además hacía servicios de secretaria de departamento.
- No media contrato escrito alguno, fijándose de forma verbal las condiciones de trabajo, incluidos los descansos reglamentados.
- La sentencia recurrida estableció de que debía considerarse a la demandante trabajadora de carácter indefinido.
FALLO: SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(3) TSJ DE CATALUNYA-BCN. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
[+]Nº Recurso: 3175/2000
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Id. Cendoj: 08019340012000102627
Fecha: 3 de octubre de 2000
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Felix V. Azon Vilas
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Universidat de Lleida
Fecha: 3 de octubre de 2000
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Felix V. Azon Vilas
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Universidat de Lleida
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 1 de Lleida, de 8 de noviembre de 1999, con número de procedimiento 441/1999
RESUMEN:
- Becaria de la biblioteca del Rectorado de la Universidad.
- Tras la no renovación de su beca, denuncia por despido improcedente y se le reconoce la relación laboral en primera instancia.
- Había presentado una demanda muy completa.
FALLO: SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO.
Por lo que se ratifica que existía relación laboral entre la universidad y la becaria.Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.
(4) TSJ DEL PAÍS VASCO-BILBAO. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
[+]Nº Recurso: 307/2003
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Id. Cendoj: 48020340012003103800
Fecha: 18 de marzo de 2003
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Fernando Torremocha
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: Universidad del País Vasco y Juntas Generales de Álava
Fecha: 18 de marzo de 2003
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Fernando Torremocha
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: Universidad del País Vasco y Juntas Generales de Álava
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 3 de Vitoria, de 2 de septiembre de 2002
RESUMEN:
- Dos becarios de colaboración de proyectos de investigación, licenciados en Historia.
- Trabajaron durante algo más de un año en el "Tratamiento histórico-documental de las actas de las Juntas Generales".
- Reclamaron y se les concedió la diferencia de sueldo entre la beca y el contrato equivalente.
FALLO: SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO.
Por lo que se ratifica que existía relación laboral entre la Universidad/Juntas Generales y los becarios. La sentencia es muy completa y argumenta con detenimiento los motivos.Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ
(5) TSJ DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 6
[+]Nº Recurso: 3067/2005
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Id. Cendoj: 28079340062005100344
Fecha: 30 de septiembre de 2005
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Enrique Juanes
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: Universidad Nacional de Educación a Distancia
Fecha: 30 de septiembre de 2005
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Enrique Juanes
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: Universidad Nacional de Educación a Distancia
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 31 de Madrid, demanda 13/05, de 23 de febrero de 2005
RESUMEN:
- Se trata de una becaria, licenciada en Psicología, que trabajó durante cuatro años en técnicas de información, orientación y formación para el empleo en un sistema de educación superior a distancia, dentro del COIE de la UNED.
- La becaria realizaba funciones de información y orientación académica y laboral de los alumnos, graduados y postgraduados, e impartía cursos de Técnicas de Estudio y de Inserción Laboral. También atendía en la Biblioteca una tarde por semana
- La primera sentencia determinó que se trataba de un despido improcedente cuando se le terminó la beca.
FALLO: SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO.
Por lo que se ratifica que existía relación laboral entre la Universidad y la becaria.Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ
(6) TSJ DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
[+]Nº Recurso: 4229/2005
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Id. Cendoj: 28079340012005100843
Fecha: 5 de diciembre de 2005
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Miguel Moreiras
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: los becarios, contra la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Fecha: 5 de diciembre de 2005
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Miguel Moreiras
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: los becarios, contra la Universidad Nacional de Educación a Distancia
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 19 de Madrid, demanda 772/04, de 9 de marzo de 2005
RESUMEN:
- Se trata de tres becarios del COIE de la UNED, licenciados en Psicolología y Psicopedagogía. Trabajaron en técnicas de información, orientación y formación para el empleo en un sistema de educación superior a distancia.
- Las actoras venían realizando bajo supervisión y utilizando material y manuales ya elaborados,
alumnos. Asimismo han impartido cursos sobre técnicas de estudio, técnicas de búsqueda de empleo
- La primera sentencia determinó que no había relación laboral.
FALLO: SE ESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO.
Por lo que se reconoce la relación laboral existente entre los tres becarios y la UNED, indicando que deben estar contratados con carácter indefinido.Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ
(7) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 2
[+]Nº Sentencia: 573/2007
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Id. Cendoj: 28079340022007100569
Fecha: 19 de junio de 2007
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: María Concepción Morales Vallez
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Letrado José Luis González Martínez (en representación)
Recurridos: Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) - Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y Comunidad de Madrid
Fecha: 19 de junio de 2007
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: María Concepción Morales Vallez
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Letrado José Luis González Martínez (en representación)
Recurridos: Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) - Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y Comunidad de Madrid
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 24 de Madrid, con número de autos Demanda 741/2006
- Motivo Primero del recurso, que la sentencia carece de datos objetivos suficientes para determnar que la relación la recurrente con el CSIC es laboral o administrativa a través de becas.
- Motivo Segundo del recurso, que la relación mantenida con el CSIC ha de calificarse como laboral pues aparecen las notas típicas de toda relación laboral y en ningún caso resulta evidente el carácter formativo de la actividad que desarrolla la demandante. No se puede, o no se debe, confundir "el caracter formativo que lleva implícito todo trabajo, aunque sea solamente por la adquisición de la experiencia, con el que ha de tener la actividad de becario".
- Motivo Tercero del recurso, que "el trabajador contratado en prácticas al amparo del PROGRAMA RAMÓN Y CAJAL no puede tener según la normativa de aplicación, una expereicnia laboral probada para el trabajo que desempeña".
RESUMEN:
[+]- Sobre la cuestión competencial: STS 17/05/1990 y 11/07/1990, "la Sala en Supllicación no está sutera a los concretos motivos invocados en el recurso".
- En cuanto al primer no resulta estimable, porque "es constante la jurisprudencia (Sentencias del Tribunal Supremio 22/05/1986, 11/11/1986 y 01/12/1987, entre otras muchas más) que asienta que la nulidad de las resoluciones judiciales es una medida absolutamente excepcional". Sólo debe limitarse a los supuestos tipificados en el art. 238 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y a los vicios formales del art. 240.1º.
- STS 13/06/1988 "tanto la beca como el contrato de trabajo se da una actividad que es objeto de una remuneración, de ahí la zona fronteriza entre ambas instituciones". Las becas son asignaciones dinerarias "orientadas a posibilitar el estudio y formación del becario" y esa zona fronteriza vendrá marcada por el hecho de que la producción de los estudios o el avance en campos de investigación científica sea incorporado a la ordenación productiva de la institución.
- STS 07/07/1998 el becario cumple ciertas tareas, no como contraprestación, sino como aportación de un mérito para hacerse acreedor de la beca y disminuir la carga de onerosidad que la beca representa, lo que no desvirtúa la naturaleza extralaboral de la relación.
- "La clave para distinguir entre beca y contrato de trabajo sea que la finalidad perseguida en la concesión de becas no estriba en beneficiarse de la actividad del becario, sino en la ayuda que se presta en su formación. El rasgo diferencial de la beca como percepción es su finalidad primaria de facilitar el estuio y la formación del becario y no la de apropiarse de los resultados o frutos del su esfuerzo o estudio, obteniendo de ellos una utilidad en beneficio propio."
- STS 22/11/2005, las "labores encomendadas al becario deben estar en consonancia con la finalidad de la beca y, si no es así y la tareas que se ordena realizar integran los cometidos propios de una categoría profesional, la relación entre la spartes será laboral".
- Programa Ramón y Cajal - CSIC "se trata de una actividad que, de no desarrollarse por el becario, tendría que realizarse por personal laboral propio o ajeno. En esa actividad se aprecian las notas típicas de la laboralidad, pues hay ajenidad, dependencia y una onerosidad, que se manifiesta a través de la retribución".
- Competencia jurisdiccional, según el artíulo 4 de la Ley de Procedimiento Laboral, el orden de lo social está facultado "para examinar prejudicialmente la conformidad de la convocatoria de becas, pues en ningún caso cabría conceder valor a una actuación administrativa que intentara ocultar un congraro de trabajo bajo la apariencia de beca" (véase también artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Es más dice la sentencia "No es obstáculo para la atribución al orden social de la jurisdicción cuando la contratación administrativa... se ha efectuado con flagrante desviación del cauce legal previsto, pues... las... becas.. tiene por objeto la prestación de servicios genéricos sin sustatividad propia".
- La demandante fue contratada al amparo del art. 17.1.b) de la Ley 13/1986, más conocida como Ley de la Ciencia
- STS 15/03/1986, la conducta del CSIC ha de calificarse como de FRAUDE DE LEY (art. 15.3 ET y 6.3 CC) pues "la condición esencial de este tipo de contratación excepcional (el contrato de trabajo en prácticas) fatla si al empresario le consta que el trabajaodr posee ya los conocimientos prácticos de la tarea que se le encomienda", burlando así la finalidad contractual pactada.
- El contrato en prácticas se suscribió una vez superado el plazo de los 4 años siguientes a la obtención de la titulación profesional que lo amparaba (...) (artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores), por lo que la conversión en contrato de duración indefinida se producirá en todo caso, aunque el fraude de ley no exista.
- Finalmente, en atención a las IRREGULARIDADES DELECTADAS EN LA CONTRATACIÓN por el CSIC, debe declararse indefinida la relación laboral al tratarse de una Administración Pública (STS20/01/1998 y 21/001/1998)
FALLO: ESTIMACIÓN DEL RECURSO INTERPUESTO.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(8) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 5
[+]Nº Sentencia: 90/2008
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Id. Cendoj: 28079340052008100081
Fecha: 5 de febrero de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Elena Pérez Pérez
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
Fecha: 5 de febrero de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Elena Pérez Pérez
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida: Sentencia 347/2007 del Juzgado de lo Social Núm. 31 de Madrid, con número de Autos 152/2007
- Investigador contratado por el CSIC. Se declara relación laboral indefinida
FALLO: DESTIMACIÓN DEL RECURSO DE SUPLICACIÓN.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(9) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 6
[+]Nº Sentencia: 192/2008
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Id. Cendoj: 28079340062008100214
Fecha: 24 de marzo de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Enrique Juanes Fraga
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) - Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) y el Letrado José Luis González Martínez (en representación)
Fecha: 24 de marzo de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Enrique Juanes Fraga
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) - Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) y el Letrado José Luis González Martínez (en representación)
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 25 de Madrid, con número de Autos 809/2006.
- Doctor contratado, becario postdoctoral y posteriormente Ramón y Cajal en el mismo grupo del CSIC. Se declara relación laboral indefinida.
FALLO: DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE SUPLICACIÓN.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(10) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 2
[+]Nº Sentencia: 454/2008
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Id. Cendoj: 28079340022008100283
Referencia Aranzadi: AS/2008/1785
Nº Recurso: 1602/2008
Fecha: 1 de julio de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Rodrigo Martín Jiménez
Palabras claves: Contrato para obra o servicio determinado: desestimación: falta de autonomía y sustantividad propia de la obra o servicio y desempeño de funciones ajenas al objeto de la contratación. Becas: carácter, finalidad y requisitos; relación laboral: falta de finalidad formativa o docente, desarrollo de las actividades propias del organismo empleados en las mismas condiciones que el resto de trabajadores.
Recurrente: Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) - Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) - Museo Nacional de Ciencias Naturales (MNCN)
Referencia Aranzadi: AS/2008/1785
Nº Recurso: 1602/2008
Fecha: 1 de julio de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Rodrigo Martín Jiménez
Palabras claves: Contrato para obra o servicio determinado: desestimación: falta de autonomía y sustantividad propia de la obra o servicio y desempeño de funciones ajenas al objeto de la contratación. Becas: carácter, finalidad y requisitos; relación laboral: falta de finalidad formativa o docente, desarrollo de las actividades propias del organismo empleados en las mismas condiciones que el resto de trabajadores.
Recurrente: Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) - Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) - Museo Nacional de Ciencias Naturales (MNCN)
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida del Juzgado de lo Social Núm. 25 de Mdrid, número de autos DEMANDA 355/2007
- El juzgador de instancia reconoció la relación laboral de la demandante desde el inicio de su "adscripción" al centro, aunque no percibiera retribución o beca alguna desde el 01/09/2002 hasta el 30/06/2004 (¡Un año y 9 meses trabajando gratis para el Estado!)
- Según la sentencia, los servicios prestados, aún concurriendo las notas de ajenidad y dependencia, no pueden ser considerados como relación laboral, pues la ausencia de remuneración es incompatible con la condición jurírica de trabajador (infracción del art. 8 del ET), según sentencia de 26-06-06 PROV 2007, 18067
- Al no considerar la etapa de ISR (Investigador Sin Remuneración) el contrato temporal por obra o servicio por se presume como en fraude de ley, debiendolo acreditar. A los efectos, "la obra o el servicio carecía de autonomía y sustantividad propia sino que, además... asumió funiones por completo ajenas al objeto de la contratación".
- "La circunstancias de que sólo mediara un día entre la finalización del contrato temporal y la concesión de una beca constituye un elemento indiciario de quela verdadera voluntad del CSIC era vincular a larecurrida a la institución sin un tope temporal definido."
- STS 04/04/2006, que se remite a la STS 13/06/1988, a la STS 07/07/1998 y a la STS 22/11/2005, que ya han sido comentadas en los apartados 3, 4, 5 y 6 de la STJ Madrid 557/2007.
- Al no quedar acreditado por el MNCN-CSIC la finalidad formativa inherente a la beca: "no existiendo un plan de fomración, siendo las funciones desarrolladas... las propias del organismo demanda, haciendo la entidad suyos los frutos del trabajo del becario. POR TANTO, SE TRATA DE UN CONTRATO DE TRABAJO Y NO DE UNA BECA". Es más, "los servicios de la supuesta becaria cubren o satisfacen necesidades que, de no llevarse a cabo por aquélla, tendrían que encomendarse a un tercero".
- El organismo recurrente MNCN-CSIC ejercía "auténticas funciones patronales de organización y dirección de la actividad laboral, siendo sintomático de la naturaleza laboral".
FALLO: ESTIMACIÓN PARCIAL DEL RECURSO DE SUPLICACIÓN.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(11) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 6
[+]Nº Sentencia: 728/2008
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Id. Cendoj: 28079340062008100661
Nº Recurso: 4403/2008
Fecha: 17 de noviembre de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Enrique Juanes Fraga
Palabras claves: Sentencia
Recurrente: Universidad Nacional de Educación a Distancia
Nº Recurso: 4403/2008
Fecha: 17 de noviembre de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Enrique Juanes Fraga
Palabras claves: Sentencia
Recurrente: Universidad Nacional de Educación a Distancia
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social nº 31 de los de Madrid, de fecha 23.5.08
- Becaria, y posteriormente contratada, para virtualización de materiales didácticos en la UNED.
- En los hechos probados no consta en modo alguno que llegara a existir un proyecto formativo propio de la beca ni tampoco un profesor de la UNED que ejerciese las funciones de tutoría, y en la fundamentación jurídica de la sentencia se afirma rotundamente que no se ha demostrado que la actora recibiera ningún tipo de formación ni que tuviera un tutor. Además se ha declarado probado que desde el inicio de su relación como becaria, la demandante ha venido realizando siempre las mismas funciones que realiza actualmente mediante su último contrato, como técnico especialista
- ''las tareas de la actora se incardinan en las normales de la UNED, dentro de lo relativo a los materiales digitales
FALLO: Se desestima el recurso de apelación.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.(12) TSJ DE GALICIA. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
[+]Nº Recurso: 4502/2008
[+]
Id. Cendoj: 15030340012008103823
Fecha: 19 de noviembre de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Emilio Fernández de Mata
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: Universidad de La Coruña
Fecha: 19 de noviembre de 2008
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Emilio Fernández de Mata
Palabras claves: Sentencia.
Recurrentes: Universidad de La Coruña
RECURSO:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 3 de A Coruña, 16 de junio de 2008, autos 210/2008
RESUMEN:
- Se trata de un becario/contratado intermitente durante varios años.
- Sus actividades eran muy variadas, desde la implantación de software libre a la investigació acción participativa, creación de material educativo de carácter audiovisual.
- La primera sentencia ya determinó el despido improcedente y la obligación de readmisión o indemnización.
FALLO: SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO.
Confirmando la sentencia que reconoce la improcedencia del despido.Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ
(13) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 5
[+]Nº Sentencia: 607/2009
[+]
Id. Cendoj: 28079340052009100547
Fecha: 14 de julio de 2009
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Concepción Rosario Ureste García
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Instituto de Salud Carlos III
Fecha: 14 de julio de 2009
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Concepción Rosario Ureste García
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Instituto de Salud Carlos III
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 30 de Madrid, con número de Autos 1446/2008
- La parte actora, Germán , ha prestado servicios a la demandada INSTITUTO DE SALUD CARLOS III, como Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, en funciones de ayudante de laboratorio, en el Centro Nacional de Sanidad Ambiental, Laboratorio de Dosimetría del servicio de Radioprotección. La relación se ha formalizado sucesivamente primero bajo la concesión de una beca de 1.8.1998, sucesivamente prorrogada, hasta 31.7.2000, con nueva beca el 1.8.2000 a 31.12.2000, de 1.1.2001 a 31.12.2004 un contrato de trabajo por obra o servicio determinado como técnico especialista -con cargo al mismo proyecto (...) que soportaba la concesión de las becas anteriores-, y mediando una pausa sin prestación de servicios de quince días, de nuevo una beca (...) de 17.1.2005 a 31.5.2005, seguida de contrato por obra o servicio determinado en torno a la misma cuestión, de 1.6.2005 a 31.5.2006, contrato por obra o servicio determinado (...), prorrogado sucesivamente y aun en vigor (...) Las funciones del actor han sido en todo momento las mismas, como ayudante de laboratorio en el centro descrito, en las tareas habituales del laboratorio de dosimetría (...) En el laboratorio donde presta sus servicios el actor, como indica la testigo, hay otros ayudantes o auxiliares de laboratorio cuya relación está formalizada como relación administrativa funcionarial regular.
FALLO: Confirmación de la sentencia de instancia.
[+](14) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
Nº Sentencia: 2453/2009
[+]
Id. Cendoj: 33044340012009102470
Fecha: 31 de julio de 2009
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Carmen Hilda González González
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Universidad de Oviedo & investigador denunciante
Fecha: 31 de julio de 2009
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Carmen Hilda González González
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Universidad de Oviedo & investigador denunciante
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida: Juzgado de lo Social Núm. 5 de Oviedo, con número de Autos 786/2008
- El demandante, junto a otros compañeros, era propuesto para los distintos proyectos o contratos, como becario, por la investigadora principal del Proyecto Dª Pio , efectuándose una concesión individual durante distintos intervalos temporales. (...)Tras esas concesiones el demandante efectuaba la declaración de no estar afectado de incompatibilidad y pasaba a formar parte del personal asegurado en la póliza de accidentes personales que la Universidad suscribía con carácter temporal, y mientras duraba la beca, con la entidad aseguradora DKV que cubría los riegos de muerte por accidente, invalidez permanente total y asistencia médica. Así mismo se le abonaba el importe de la beca, tras descontar la cantidad correspondiente por IRPF y por el seguro de accidentes, fraccionada mensualmente, bajo el concepto de becario de investigación, mediante transferencia bancaria. Con anterioridad a la concesión de las becas la investigadora principal del proyecto dirigía al Vicerrector de investigación y relaciones con la empresa una distribución de gastos de personal.
FALLO: Revocación de la sentencia de instancia.
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.
(15) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA. SALA DE LO SOCIAL. Seccion 1
Nº Sentencia: 7729/2009
[+]
Id. Cendoj: 08019340012009106765
Fecha: 26 de octubre de 2009
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Jacobo Quintáns García
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Consejo Superior de Investigaciones Científicas
Fecha: 26 de octubre de 2009
Procedimiento: Recurso de Suplicación
Ponente: Jacobo Quintáns García
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente: Consejo Superior de Investigaciones Científicas
RESUMEN:
[+]- Sentencia recurrida: sentencia dictada el 13/5/08 por el Juzgado de lo Social nº 33 de los de Barcelona en autos numero 100/08
- Investigadora doctora contratada en el seno de distintos proyectos que, posteriormente, es contratada "en prácticas" por el mismo CSIC. Se declara existencia de relación laboral indefinida.
FALLO: Desestimación del recurso de suplicación
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.
(16) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO. SALA DE LO SOCIAL.
Nº Sentencia:
[+]
Id. Cendoj:
Fecha: 9 de diciembre de 2010
Procedimiento:
Ponente:
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente:
Fecha: 9 de diciembre de 2010
Procedimiento:
Ponente:
Palabras claves: Sentencia.
Recurrente:
RESUMEN:
[+]FALLO:
Para acceder al contenido completo de la sentencia, pulsa AQUÍ.
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